¿Qué es el ITP?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un tributo que grava la compraventa de viviendas usadas, vehículos y/o ampliaciones de capital. Se paga a la delegación de Hacienda de cada comunidad autónoma cuando existe una transacción comercial de compra de compraventa de un inmueble y se hace presentando el modelo 600 en el caso de viviendas
El ITP es un impuesto indirecto, ya que se aplica sobre la transacción y el valor de esta.
¿Qué transacciones están sujetas a ITP?
En España, las principales transacciones que están sujetas a ITP son:
- Compraventa de viviendas de segunda mano: cuando se adquiere una vivienda usada entre particulares la operación esta sujeta a ITP, no a IVA3
- El alquiler de viviendas, incluyendo el alquiler de temporada y pisos de estudiantes
- La compraventa de vehículos usados entre particulares esta sujeta a ITP a menos que se adquiera para su posterior reventa en cuyo caso estaría exenta
- Algunas operaciones realizadas por sociedades también pueden estar sujetas a ITP en la modalidad de “Operaciones Societarias”
¿Cómo calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?
Para cada Comunidad Autónoma, la cantidad a pagar por el ITP es distinta, por lo que la recaudación de este impuesto se realiza en la delegación de Hacienda de la Comunidad en la que se encuentra el bien adquirido.
Para saber cuánto es el ITP de una vivienda es necesario tener en cuenta los cambios que se aplicaron el pasado 10 de julio de 2021 en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. En esta nueva ley “se modifica la base imponible del impuesto, sustituyendo el valor real por valor de referencia de Catastro, concepto que se equipara al valor de mercado”.
Esto se debe a que cuando se establecía el valor de una vivienda, se solían cometer fraudes para pagar menos impuestos. Ahora, la base imponible sobre la que se aplica el cálculo del ITP de una vivienda, va determinado por el valor de mercado de la vivienda, específicamente el que determine la Dirección General del Catastro, sin que este supere el valor que circule en el mercado.
Teniendo esto en cuenta, los puntos que debemos considerar para calcular el ITP de una vivienda son:
- Tipo general del 4%
- Gravamen del 8% para viviendas hasta 400.000 euro
- Gravamen del 9% para viviendas hasta 700.000 euros
- Gravamen del 10% para viviendas de más de 700.000 euros
- En el caso de plazas de garaje los porcentajes anteriores se aplican a los límites de 30.000 euros (8%), 50.000 euros (9%) y más de 50.000 euros (10%)
Es importante destacar que estos porcentajes cambia para comunidad autónoma. Si no estás seguro de cuál es la tarifa aplicable en determinada Comunidad, puedes usar una calculadora de ITP, un simulador sencillo en el que deberás indicar el valor de la vivienda y la Comunidad Autónoma en la que se encuentra.
¿Cuándo se paga el ITP al comprar una vivienda?
El comprador debe presentar una declaración ante la Administración Tributaria de la comunidad autónoma donde se encuentra la vivienda. Se utiliza el modelo 600 para completar los datos de la operación y se presenta junto con el pago correspondiente.
El plazo para pagar el ITP es de 30 días hábiles a partir de la fecha de la escritura de compraventa. Si no se cumple con el plazo, pueden aplicarse recargos e intereses.
¿En qué situaciones se aplica la exención del ITP?
Existen algunas situaciones en las que una persona o empresa está exenta de pagar el ITP. Estas son las más comunes:
- Transferencias entre cónyuges: Tanto en casos de separación como de divorcio, cuando se produce una transmisión de bienes o derechos entre esposos o parejas de hecho, se puede solicitar la exención del ITP
- Herencias y donaciones: Dependiendo de la legislación pertinente, puede haber una exención o una reducción de la cuota del ITP
- Operaciones realizadas por el Estado, administraciones públicas, Seguridad Social y entidades sin ánimo de lucro
- Transmisiones de bienes o derechos en pago de indemnizaciones judicialmente reconocidas
¿Quién tiene que pagar el ITP?
El ITP lo debe pagar la persona física o jurídica que adquiere en calidad de compra una vivienda que sea de segunda mano (las transacciones entre viviendas de primera mano están gravadas con el IVA).
En el caso de una compra, quién paga es el comprador, mientras que, en el caso de alquiler de la vivienda, el arrendatario es quien debe pagar el ITP.
Fuente: Idealista/news.com